De autor ANONIMO:

No se equivoca el pájaro que abandona el nido para aprender a volar. Se equivoca cuando prefiere la seguridad del nido renunciando a volar.

viernes, 8 de enero de 2016

LA EDUCACIÓN NACIONAL HOY

En el último mes de 2015, la administración Nacional encabezada por Mauricio Macri dictó el decreto 13/2015 en el que se modifican leyes y se crean nuevos ministerios y se definen sus funciones. 
En particular me referiré en este artículo al artículo 23 quáter  de ese decreto referido a Educación. En el mismo se nombran como base las leyes 24195, 24 521 y 24856 y nada se dice de la 26206 ni de 26075. Si el lector las busca y leé, verá que se afecta entre otras cosas, a la modalidad, pués volvemos a EGB y Polimodal. ¿Desaparece la escuela técnica de nuevo? 
Y otra cosa importante: el financiamiento educativo baja del 6% del PBI a solo un 3%.
El Ministro de Educación y Deportes, Bullrich, dijo que se trató de un error, pero hasta la fecha no se dictado un nuevo DNU  corrigiéndolos, tal lo prometido.
En el cuadro que sigue hay una comparación general de las leyes de educación. Saquemos nuestras propias conclusiones.


LAS LEYES DE EDUCACIÓN, una comparación
LEY 1420
(derogada por la ley 24195)
LEY 24195
 (derogada por la ley 26206)
LEY 26206
FECHA Creación
Se aprobó el 08/07/1884.
 sanciona 14/04/1993  promulga  29/04
Sanciona el 14/12/ 2006 promulga el 27/04.
ESTRUCTURACIÓN
DEL SISTEMA
*Esc. primarias obligatorias entre los 5 y 14 años. *Nivel inicial. *Primaria y secundaria.
*Educ. inicial, obligatoria el último año. *Educ. general básica polimodal 3 años. *Educación superior.  *Educación de postgrado.
Comprende de 4 niveles: *La educación inicial. *La primaria. *La secundaria. *La educación superior. 8 modalidades.
PRINCIPIOS GENERALES
*Favorecer y dirigir simultáneamente el desarrollo moral, intelectual y físico.
*Las instrucciones primarias deberían ser obligatorias, gratuita y gradual.
*Libertad de enseñar y aprender.
*Derecho de aprender mediante la igualdad de oportunidades y sin sufrir discriminación alguna. 
*Identidad nacional.  *Desarrollo tecnológico.  *Consideración de la democracia.
*La educación es una prioridad nacional y se constituye en política del Estado para construir una sociedad justa reafirmada a la soberanía e identidad nacional.
*La educación y el conocimiento son bienes públicos y es un derecho personal y social garantizado por el Estado.
EL DOCENTE: FORMACIÓN DERECHOS
 Y DEBERES
*Se requiere un título habilitante. *Encargados de la enseñanza . *obligados a dar cumplimientos de las leyes, programas y reglamentos que se dicten para la escuela por las autoridades. *Concurrir a las conferencias pedagógicas que establezca el ministerio de educación. *Otros regímenes especiales.
*La formación está a cargo de las escuela Nacional.
*Ejercer su profesión sobre las bases del respeto, la libertad de cátedras y de enseñar en el marco de las normas pedagógicas y curriculares establecidas por la autoridad educativa, el ministerio de cultura y educación de la Nación, las provincias y las municipales de la ciudad de Buenos Aires, deberá garantizar la calidad de la educación.
*A las capacidades y actualización integral, gratuita y en servicios a lo largo de toda su carrera, a respetar y hacer respetar los principios constitucionales, las disipaciones de la presente ley, la normativa institucional y la que regula la tarea del docente.
*La formación está a cargo del I.N.F.O.D
REGÍMENES ESPECIALES
*Cuarteles, buques de guerra, jardines, escuelas ambulantes y de adultos
*Educación especial . *Las necesidades de los alumnos serán revisadas periódicamente por profesionales. *Educación de adultos. *Educación de artística.
*Educación especial.  *Educación rural
*Educación de jóvenes y adultos, artística, técnico profesional, intercultural bilingüe, *Educación en contextos de privación de libertad, domiciliaria y hospitalaria.
GOBIERNO Y ADMINISTRACION DEL SISTEMA EDUCATIVO
La dirección facultativa y la administración general de las escuelas estarán a cargo del Consejo Nacional Educación.
Las provincias y las municipalidades de la ciudad de Buenos Aires acordarán en el seno del Consejo Nacional de Cultura y Educación.
El organismo de la concentración de la política educativa nacional es el Consejo Nacional de Educación.
FINANCIACIÓN
*Se basa en el 20% de tierras vendidas nacionales o colonias siempre que no exceda la cifra de 200.000 pesos moneda.  *50% de los depósitos judiciales de la capital y 40% de la contribución de la Capital, territorios y colonias
Está a cargo de la provincia. La inversión base 1992 es de 6.120.196.000 y será incrementada un 20 % anual.
El Estado garantiza la financiación del sistema educativo según la ley 26.075 y no será inferior al 6% del PBI
Objetivo
Unificación y crear identidad Nacional, símbolos patrios
Integrar todas las facetas de los individuos, fortalecer la identidad nacional, fomentar los valores éticos y democráticos, atender y respetar la diversidad cultural.
Asegurar educación de calidad e igualitaria, fortalecer la identidad nacional, respeto a los derechos de los niños y adolescentes, cultura del trabajo individual y cooperativo, fomentar los hábitos de lectura y escritura, manejo de los nuevos lenguajes y tecnologías.

Fuente: www.portaldenoticias.com

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