De autor ANONIMO:

No se equivoca el pájaro que abandona el nido para aprender a volar. Se equivoca cuando prefiere la seguridad del nido renunciando a volar.

domingo, 17 de mayo de 2015

INSCRIBIR PROPIEDADES COMO BIEN DE FAMILIA

En la página de la provincia de Córdoba se promociona la inscripción de los bienes inmuebles como "Bien de Familia" en un trámite absolutamente gratuito.

Efectivamente, sin necesidad de gestores ni intermediarios, es posible proteger la vivienda familiar frente a un posible embargo. Este trámite se realiza únicamente ante el Registro General de la Provincia, la novedad es que la delegación Río Cuarto del Registro General habilitó una línea gratuita (0800-888-1234) para obtener turnos para “asesoramiento” o “constitución”. 
El Bien de Familia es un régimen jurídico regulado en la Ley 14.394, que tiene por finalidad inmediata proteger patrimonialmente al núcleo familiar, pues impide que el inmueble afectado sea ejecutado por deudas cuya causa obligacional sea de fecha posterior a su inscripción. Un bien de familia puede hipotecarse con la conformidad de ambos cónyuges, pero no es aceptado como garantía ya que no puede ejecutarse el embargo si hubiese necesidad. Aconsejamos leer más en Registro de la Propiedad (Presidencia de la Nación), aquí el enlace.

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