De autor ANONIMO:

No se equivoca el pájaro que abandona el nido para aprender a volar. Se equivoca cuando prefiere la seguridad del nido renunciando a volar.

viernes, 6 de marzo de 2015

TEXTO DE LA CONFERENCIA DE PRENSA enviado por los Sres. Jorge Pesci y Alfredo Toledo.

Con fecha 5 de marzo del 2015, en nuestro e-mail:archivoeditado@gmail.com recibimos el siguiente texto:
"Señores periodistas los convoque para informar a los vecinos y socios de la cooperativa de Tanti. Conozco la confusión que crea el actuar de los consejeros que se atribuyen la totalidad de los poderes.
Trataré de poner claridad.
El día 18 de febrero designé a seis Consejeros para completar el Consejo.- Lo que comuniqué a la Secretaría de Cooperativas.
La Presidente realiza Reunión de Consejo el martes 24 que es nula, tanto en su constitución como en sus resoluciones.
Resuelven mi exclusión como socio y suspensión como sindico, lo que es nulo de nulidad absoluta porque no se respetó el debido proceso y derecho de defensa establecido en el art. 18 de la Constitución Nacional violando la Ley y el Estatuto.-

El Consejo no tiene atribución alguna sobre la Sindicatura que depende única y exclusivamente de la Asamblea.
La “suspensión“ del síndico existe solo en la imaginación, no la contempla la ley ni el estatuto y la asamblea solo puede remover al síndico – art- 48 del estatuto.
Rechacé estas absurdas e inexistentes sanciones por CD que envié a la Presidente con detalle de artículos legales violados.
Acompañé lo actuado a la secretaría de cooperativas, que deberá expedirse.
Los nuevos consejeros pidieron a la presidente que convoque a reunión del consejo.-
No respondió en los cinco días de ley y convocaron en legal forma a reunión de consejo para el día tres de marzo para tratar distribución de cargos previsto en el art. 49 del estatuto.
La noche anterior la Presidenta cita a otra nula Reunión de Consejo y decide la expulsión de diecisiete socios sin respetar el debido proceso y derecho de defensa.- Al igual que en las exclusiones del Consejero Pacha y la mía, por lo que esas exclusiones, son nulas de nulidad absoluta.
Al presentarse el tres (3) de marzo en la Cooperativa los seis Consejeros por mí designados acompañados por la Juez de Paz, se le permite entrar a ésta quien labra un acta y la Policía impide el ingreso de los Consejeros por orden de la Presidenta.
Ante ello estos Consejeros deciden sesionar y distribuyen los cargos en la Sede del Consejo Deliberante por ser un lugar neutral y sede de los representantes del pueblo de Tanti.
Ese mismo día los consejeros informan documentadamente a la Secretaría de Cooperativas todo lo actuado y solicitan su intervención.
Solicite a la Secretaria que se Rubrique un nuevo Libro de Actas de Sindicatura al negármelo la presidenta, el que se me entregó el día 03 de marzo y aquí se los exhibo.
Hoy quien tiene la facultad de actuar y decidir es la Secretaría de Cooperativas.
Debo ser cauto en mis hechos y también en mis palabras por ello es que para mayor información está a su disposición mi Asesor Letrado el Dr. Alfredo Toledo a los fines de que aclare cualquier dudas que puedan tener.
Luego de dialogar el Dr. Alfredo Toledo con la prensa y responder distintas preguntas, el Síndico expresó.
Señores Periodistas y pueblo de Tanti en este momento les comunico que convoco a Asamblea Extraordinaria para el día 28 de Marzo a las 18 horas para tratar como Orden del Día: EVALUACION DEL PROCEDER DE LOS CONCEJEROS ANA TERESA PAREDES, JOSE FRONTERA, SUSANA SUAREZ Y EL RESTO DE LOS CONSEJEROS RENUNCIADOS COMO ASI TAMBIÉN DE ESTE SINDICO Y QUE LOS ASAMBLEISTAS TOMEN DECISIONES SOBRE SUS CONDUCTAS COMO CONSEJEROS Y LA MIA COMO SINDICO.
MUCHAS GRACIAS"

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