![]() |
| Una Idea. Muy pronto realidad!!! |
Surgieron como posibles modificaciones en el articulado de la Ordenanza N* 832/14, con el fin de flexibilizar dicha disposición, volver a la circulación anterior (ingreso por calle Belgrano) de los colectivos interurbanos en los horarios en Temporada Invernal (del 1/3 al 15 /12 ) de 21 a 9 hs. , y en temporada de verano (del 16/12 al 28/12) de 01 a 9 hs., a fin de que favorezca los horarios de ingreso al trabajo , de escuela, etc. de los vecinos.
También se solicitó a la empresa City Bus una mayor frecuencia y recorrido, extendiendo el mismo a barrios donde aún no llega este servicio.
El Dr. Azar y el Director de Obras Públicas plantearon la colocación de reductores de velocidad en la calle Belgrano y en el ingreso de calle San Martín.
En respuesta a los vecinos que proponen una derogación de esta Ordenanza por iniciativa popular, en donde se manifiesta que los concejales faltan a la ley argumentando: “La importancia del tema está prevista en la Ley 8102 disponiendo que las Ordenanzas de los Servicios Públicos deben ser aprobadas en Doble Lectura.” , se aclara que la Ley Orgánica Municipal 8102 en su ART. 37 sobre DOBLE LECTURA expresa:
“Se requerirá doble lectura para la aprobación de las Ordenanzas que dispongan:
1- Privatizar obras, servicios y funciones del Municipio.
2- La Municipalización de servicios.
3- Otorgar el uso de los bienes públicos de la Municipalidad a los particulares.
4- Crear entidades descentralizadas autárquicas.
5- Crear empresas municipales y de economía mixta.
6- Contratar empréstitos.
7- Otorgar concesiones de obras y servicios públicos.
8- Crear nuevos tributos, o aumentar los existentes y la sanción del Presupuesto Municipal de Gastos y Recursos y Cuenta de Inversión.

No hay comentarios:
Publicar un comentario